El 10 de mayo de 2013, cuando se condenó al General Ríos Montt por genocidio y crímenes de lesa humanidad cometidos durante el conflicto armado interno, fue un día histórico para Guatemala. Fue un día en que se dijo que los crímenes más graves, quienquiera que los cometa, no serán tolerados. Los hombres, las mujeres, los niños y las niñas ixiles, que por décadas habían luchado por la justicia y la verdad, finalmente pudieron sentir tangiblemente la justicia.
Pasó algo impensable hace pocos años – un tribunal afirmó que sus testimonios de tortura, violaciones y asesinatos constituían evidencia de genocidio y de crímenes de lesa humanidad – y que alguien debería rendir cuentas por ello.
El 20 de mayo de 2013, tan sólo diez días más tarde, fue también un día histórico para Guatemala. Esta vez, un día amargo. La esperanza de miles de víctimas de que el derecho a la justicia sería por fin respetado, se vio ignorada por un fallo de la Corte de Constitucionalidad que dejó de lado un proceso de investigación serio y exhaustivo, causando consternación entre todos aquellos que creían que Guatemala había logrado romper el imperio de la impunidad.
Cinco meses más tarde seguimos con malas noticias. La pregunta es si se convertirá el 22 de octubre 2013 en otro 20 de mayo, después de que la Corte de Constitucionalidad haya ordenado que las razones por las cuales se rechazó una petición de amnistía basada en el Decreto Ley 8-86, sean nuevamente fundamentadas.
Pedir que unas razones sean fundamentadas, en general, no es algo controversial. Sin embargo, como ponen de manifiesto los votos disidentes de dos magistrados de la Corte de Constitucionalidad, la decisión original de denegar la amnistía ya estaba debidamente fundamentada. En cualquier caso, que cinco magistrados de la corte mas alta de un país, estén pidiendo en el 2013 que se fundamente por qué no se pueden dar amnistías a personas responsables de genocidio y crímenes de lesa humanidad es insólito.
La errada decisión de la Corte de Constitucionalidad es otro paso atrás para los derechos humanos. Abre la puerta otra vez a la impunidad. Abre la puerta a que el genocidio, los crímenes de lesa humanidad, la tortura y la violencia sexual puedan volver a ocurrir en Guatemala.
Muchos años atrás Guatemala decidió, libre y voluntariamente, someterse al derecho internacional y respetarlo. Y es el derecho internacional – la Corte de Constitucionalidad lo sabe bien – el que prohíbe la aplicación de amnistía al genocidio o crímenes de lesa humanidad. Más allá de los principios legales, las amnistías significan una tragedia para las víctimas y sus seres queridos. Impiden cualquier investigación, impiden saber que ocurrió, quien mató, quien torturó, quien violó y quien ordenó. Bloquean cualquier posible acceso a la verdad y la justicia.
Confiemos en que la justicia guatemalteca dé la espalda a la impunidad. Sólo así las miles de víctimas del conflicto sabrán que su país reconoce y lamenta los crímenes que sufrieron.
Informaciones adicionales:
La historia, en suspenso para las víctimas del genocidio guatemalteco (Artículo, 25 octubre 2013)
Guatemala: La amnistía del ex dictador supondría el beneplácito al genocidio (Comunicado de prensa, 24 octubre 2013)
Guatemala anula sentencia histórica sobre el genocidio (Noticia, 21 mayo 2013)
Guadalupe Marengo es la directora adjunta del Programa para las Américas de Amnistía Internacional